Vitamina...

“El fracaso consiste en no persistir, en desanimarse después de un error, en no levantarse después de caer” (Thomas Edison).

sábado, 24 de mayo de 2014

Qué se puede patentar y qué no - Gestión - Emprendedores

Qué se puede patentar y qué no - Gestión - Emprendedores

¿Qué se puede proteger?

Patente. Reconoce el “derecho de explotar en exclusiva la invención patentada, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin consentimiento del titular”.

Modelo de utilidad. Para “invenciones con menor rango inventivo que las protegidas por patentes”.

Diseño industrial. Se refiere a “la apariencia externa de los productos”. Resulta obligatorio que sea nueva y singular, lo que supone que “la impresión que produce en un usuario informado difiere de la impresión general que haya producido otro diseño anterior”.

Topografías de semiconductores. “Protegen el esquema de trazado de las capas y elementos que componen un circuito integrado, su disposición tridimensional y sus interconexiones”.

Signos distintivos. Las marcas y nombres comerciales también caben dentro de la regulación de propiedad industrial.

TWT


RADIO EMPRENDE